Maria Teresa Romero: crisis en Venezuela
Venezuela: ¿Golpe de generales o golpe institucional?
Caracas, 26 marzo 2014
Por MARIA TERESA ROMERO
El gobierno de Nicolás Maduro anuncia un nuevo intento de golpe de Estado en Venezuela y, como siempre, sin pruebas ni evidencias. Fue este martes 25 de marzo durante el encuentro con la Comisión de cancilleres de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), que el presidente de Venezuela informó sobre la captura de tres generales de la aviación que pretendían alzar a la fuerza aérea venezolana.
Aparte de dar los nombres de los conspiradores, la única explicación dada hasta ahora a los venezolanos y a la misión de UNASUR que se encuentra en el país para “acompañar, apoyar y asesorar” en un posible diálogo político entre el Gobierno y la fuerzas democráticas opositoras, es que la captura de los generales fue producto “de la poderosa moral de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), quienes denunciaron que se les convocó a un golpe de Estado”, aseguró Maduro, al tiempo que informó que estos militares “tenían contacto con los sectores más violentos de la oposición”.
Luego de tantísimas denuncias de intentos golpistas de militares y/o civiles que los dos gobiernos del chavismo han hecho durante 15 años en el poder, la opinión pública nacional e internacional tienden a tomar con cautela, a dudar, de esta nueva denuncia gubernamental.
En todo caso, lo que sí es notable y cada vez más preocupante es el atentado a la constitución, normativas e instituciones de la República Bolivariana de Venezuela por parte del gobierno de Nicolás Maduro.
Ha tenido especial impacto la destitución, este 24 de marzo, de María Corina Machado, la diputada opositora electa con mayor número de votos en el actual Parlamento, por haber aceptado ser representante alterna de Panamá ante la OEA el pasado 21 de marzo.
Esta expulsión claramente inconstitucional fue anunciada por quien ejerce ilegalmente el cargo de diputado y presidente de la actual Directiva del Parlamento, Diosdado Cabello, ya que es militar activo al haber sido reincorporado en diciembre pasado a la Fuerza Armada y ascendido a capitán del ejército por el presidente Maduro. El artículo 330 de la Constitución reza que “Los o las integrantes de la Fuerza Armada Nacional en situación de actividad tienen derecho al sufragio de conformidad con la ley, sin que les esté permitido optar a cargo de elección popular, ni participar en actos de propaganda, militancia o proselitismo político”.
El capitán Cabello y el resto de la directiva parlamentaria – quienes además no tienen facultad constitucional ni para destituir a otro diputado ni para acusarlo en forma subjetiva de “Traición a la Patria”- se amparó en el artículo 191 de la constitución venezolana, que prohíbe a los diputados detentar otro cargo simultáneo con la legislatura y aceptar reconocimientos de gobiernos extranjeros, para la destitución de Machado.
Sin embargo, el artículo constitucional citado por Cabello no se aplica en este caso porque la diputada solo fue acreditada por Panamá ante la OEA para que pudiera exponer a los representantes de los países miembros los masivos casos de violaciones de los derechos humanos por del régimen madurista. Esta es una práctica que tiene antecedentes en la organización. en 2009, por ejemplo, el ex presidente Hugo Chávez cedió su silla en la OEA a Patricia Rodas, canciller del ex presidente de Honduras Manuel Zelaya.
Como éste, otros dos casos recientes evidencian la fragrante usurpación a la voluntad popular, la persecución política a la oposición venezolana, y la violación a la Constitución de 1999 por parte del gobierno de Nicolás Maduro y los actuales representantes de los poderes públicos. Se trata los casos de los alcaldes de San Cristóbal (Estado Tàchira), Daniel Ceballos, y de San Diego (Estado Carabobo), Enzo Scarano, a quienes la Sala Constitucional –abiertamente politizad a favor del gobierno- del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) los destituyó de sus cargos y les mandó a apresar por supuestamente no haber cumplido las órdenes que le giró la instancia judicial para actuar contra las barricadas que estudiantes y opositores han levantado en sus municipios para protestar contra el gobierno.
A la vez, al dirigente de Voluntad Popular, Leopoldo López, preso ilegalmente desde hace más de un mes, también le han negado las pruebas a la defensa en el juicio.
Como bien han señalado los defensores de estos alcaldes y otros expertos juristas, la Sala del TSJ violó todos los derechos de los hoy ex alcaldes opositores: sus derechos a la defensa, al debido proceso, a acceder a un tribunal ya que en esos juicios express se les condenó por desacato, desconociendo la voluntad popular expresada en las elecciones municipales de diciembre de 2013 y la autonomía de los municipios. La Sala Constitucional actuó como un tribunal penal sin tener atribuciones para ello y su decisión afectó de manera irreversible (no puede ser apelada) a un cargo electo por medio del voto popular. El madurismo, en fin, está usando al TSJ para descabezar la disidencia política en Venezuela.
Estos golpes institucionales, estas ofensivas que se suman a los muertos, apresados y torturados de las últimas semanas, no hacen sino echarle fuego a la ola de protestas que no cesa por más represión ejercida por los cuerpos militares, policiales y de inteligencia del Estado, así como por los “colectivos” armados prochavistas que actúan conjuntamente con los organismos de seguridad. No hacen sino aumentar la situación de ingobernabilidad, caos y anarquía en el país. ¿Es eso lo que quiere el gobierno de Maduro con el fin de cerrar el círculo dictatorial aunque continúe hablando de paz y diálogo nacional?
Después de todo, sabe que la oposición no tiene el poder militar que él ha acumulado y que la comunidad democrática apenas ejercerá unas cuantas sanciones más simbólicas que reales.
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