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sábado, 30 de junho de 2012

Paraguai: pequena licao de Direito de um pequeno pais aos grandes do Mercosul e da Unasul

Seria bem melhor, para todos os que tomaram decisões políticas, não ter de ler, ouvir, receber, esta pequena-grande lição de Direito (constitucional, internacional, diplomático, de direito, simplesmente), dada por um pequeno país que defende sua soberania a grandes países, cujos governos pretendem se imiscuir, indevidamente, nos assuntos internos desse pequeno país.
Quando as decisões políticas são mal formuladas, erradamente tomadas, sem qualquer fundamentação no direito, seus autores se expõem a esses riscos morais: tomar lições de boa conduta jurídica de quem tem muita coisa a ensinar...
Paulo Roberto de Almeida 



COMUNICADO DE PRENSA SOBRE DECISIÓN DEL CONSEJO DE JEFAS Y JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO DE LA UNASUR

Ante la Decisión del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de Naciones Suramericanas circulada en la noche de ayer por la Secretaría General de UNASUR, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay manifiesta cuanto sigue:

1. Que no acepta dicha Decisión, por haber sido adoptada sin observar las disposiciones del Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas.

2. En efecto, en virtud del Tratado Constitutivo de UNASUR, la convocatoria a reuniones extraordinarias del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno solo puede ser realizada a través de la Presidencia Pro-Tempore, que en la actualidades ejercida por la República del Paraguay. Además, la Presidencia Pro-Tempore debe preparar y presidir dichas reuniones(Artículos 6 y 7).Sin embargo, la Presidencia Pro Tempore Paraguaya en esta ocasión ha sido desconocida, y la reunión extraordinaria se convoca por un procedimiento no previsto ni autorizado en el Tratado.

3. Por otra parte, la decisión de suspender el derecho de participación a los representantes del Paraguay en la referida reunión se tomó sin sustento jurídico alguno. No existe norma vigente que autorice a excluir a un Estado Miembro, ni a sus representantes, de las reuniones de UNASUR. Por el contrario, en el Artículo 2 del Tratado Constitutivo se indica claramente que UNASUR tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integración y unión entre los Estados Miembros, en el marco del fortalecimiento de la soberanía e independencia de los Estados.

4. Llama la atención que el documento invoque el Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de UNASUR sobre Compromiso con la Democracia, habida cuenta que el mismo no está vigente para la República del Paraguay, ni para los demás Estados Miembros de UNASUR, por no reunir el número de ratificaciones necesarias para el efecto.

5. Resulta curioso, además, que el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno se proponga tratar el tema de la situación política en la República del Paraguay sin dar oportunidad a que el Gobierno Paraguayo informe sobre los últimos acontecimientos, después de una semana de haberse llevado a cabo la Misión de Cancilleres y Representantes de los Estados Miembros y del Secretario General de UNASUR.

6. La Decisión circulada se ha dictado en contradicción con los principios constitutivos de UNASUR, y, en particular, no respeta la soberanía del Paraguay, descalifica –indebidamente y sin competencia para hacerlo – el funcionamiento de sus instituciones democráticas, y desatiende la decisión declarada de construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integración y unión entre los Estados suramericanos.

Asunción, 28 de junio de 2012

Um comentário:

Anônimo disse...

As medidas adotadas por tres membros Mercosul, suspendendo por telefone a participacao da delegacao paraguaia na reuniao de Mendoza, depois suspendendo arbitrariamente a participacao do pais no bloco, seguida de igual medida na Unasul, sao perfeitamente ilegais, nao possuem qualquer embasamento nos textos constitutivos do Mercosul ou da Unasul ou em outros instrumentos juridicos, e sao portanto nulos de direito, por defeito de forma e de substancia.
Que essas medidas, de uma extrema violencia e arbitrariedade diplomatica, tenham sido tomadas, indica apenas o grau de erosao institucional e de degradacao politica a que chegamos no Cone Sul. O pequeno Paraguai deu uma grande licao de Direito ao lembrar estas simples verdades a seus vizinhos continentais.
Nunca antes no Brasil tinhamos chegado a tal grau de desrespeito 'a nossa propria Constituicao e aos tratados internacionais.